Indignación por premiar con semilibertad a quien no ha hecho nada por merecerla, porque no ha mostrado ni un mínimo signo inequívoco de arrepentimiento

19 - 02 - 2026 / COVITE - FACEBOOK

Se está vaciando deliberadamente de contenido este requisito esencial que la propia ley establece para progresar en grado. Se cumple formalmente con la legalidad, pero se pervierte su finalidad, que es garantizar un arrepentimiento auténtico y constatable.

La ley no obliga a conceder ni terceros grados, ni el artículo 100.2, ni ningún otro mecanismo de flexibilización del cumplimiento de las condenas. La ley dice que se podrá conceder, no que se deba conceder. Ahí está la trampa. Con esa misma ley también podría adoptarse la decisión contraria y no conceder ni terceros grados, ni el artículo 100.2.

Qué casualidad que, cuando se trata de los presos de ETA, siempre interpretan la ley a su favor, y nunca a favor de las víctimas.

[Sigue facsímil del diario El Correo: Ordóñez, indignada por la semilibertad de Karasatorre]

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