La justicia catalana rechaza el recurso de los defensores del bilingüismo en el aula: no ven 'discriminación'
Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) presentará un recurso ante el Tribunal Supremo
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB) contra el Decreto 21/2023, que regula la ordenación de las enseñanzas de la educación infantil.
La sentencia, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, confirma los artículos relativos al régimen lingüístico y a la autonomía de los centros educativos, y considera que la norma aprobada por el Departamento de Educación se ajusta a derecho.
Considera el tribunal que la interpretación literal de las cuestiones que ha recurrido la entidad (los artículos 5º y 8º) no impiden que el español sea lengua vehicular, junto al catalán, en el sistema educativo. Y también considera que no se pueden establecer porcentajes en esta etapa educativa porque no hay asignaturas, a diferencia de lo que ocurre en primaria o secundaria.
No obstante, el tribunal reitera, en línea con pronunciamientos anteriores del propio TSJC, del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que el castellano debe ser lengua vehicular en determinadas materias del sistema educativo catalán.
La AEB ha expresado su «sorpresa y preocupación» por una resolución que, según sostiene, se aparta de la doctrina mantenida hasta ahora por la propia Sala. La entidad considera que la sentencia debilita gravemente el modelo de conjunción lingüística.
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