¿Quién cuestiona al Tribunal Constitucional?

21 - 10 - 2026 /

¿Quién cuestiona al Tribunal Constitucional?

Partiendo del respeto que merecen todas las decisiones judiciales, el cuestionamiento del Tribunal Constitucional en el presente contexto no implica cuestionar la Constitución y la democracia, sino que supone defenderlas

En una reciente entrevista, el presidente del Tribunal Constitucional Cándido Conde-Pumpido ha afirmado: “Quien cuestiona al Tribunal Constitucional está cuestionando la Constitución y quien cuestiona la Constitución está cuestionando la democracia” (El País, 11.10.26). Esta afirmación se hace en el contexto de la aceptación de los votos particulares en sus sentencias, aunque un tanto a regañadientes (tras señalar que “si la Constitución permite la existencia de votos particulares, tendremos que aceptarlos con sus ventajas y con sus inconvenientes”; y destacando que en algunos países no se permiten, obviando que en otros sí). Y se hace, sobre todo, en el contexto de la preocupación por el riesgo de que «de ellos se extraigan conclusiones políticas que cuestionen al tribunal». No parece preocuparle tanto que también puedan extraerse conclusiones –políticas y jurídicas– que cuestionen al tribunal, derivadas de las propias decisiones de este, ya que a veces son estas decisiones las que, rectamente entendidas y en su contexto, pueden hacer daño a la misma institución.

FRANCISCO JAVIER DÍAZ REVORIO - EL MUNDO

2026-10-20

La insumisión ‘póstuma’ de Cándido

El auto del Supremo dejó a Pumpido una advertencia poco encubierta. La Sala Penal ha puesto la hipótesis de prevaricación sobre la mesa.

No debería ser noticia que los magistrados del Tribunal Constitucional ejerzan su función con plena autonomía. Si este hecho da lugar a titulares de prensa es porque la intrusión sanchista, que llegó a situar en dicho órgano a una exasesora de la Moncloa y al exministro de Justicia, ha transformado los veredictos en una correa de transmisión de consignas. Durante mucho tiempo fue normal que los miembros de la corte de garantías se pronunciasen atendiendo a argumentos de juridicidad estricta, en ocasiones a contracorriente del partido que los había propuesto y al margen de sus propias afinidades políticas. En los últimos años, sin embargo, se ha estandarizado la previsibilidad de los fallos según una correlación inamovible de mayorías y minorías.

IGNACIO CAMACHO - ABC

2026-10-21