¿De la Ley... a la ley?
¿Tendría fundamento constitucional la Constitución de la República catalana aprobada por el Parlament de Cataluña en un acto de ruptura con el sistema constitucional español? No lo tendría ciertamente. Sería una norma ilegítima, e ilegal por anticonstitucional, que no podría ser aplicada ni se podría exigir a nadie que la obedeciera, pues no existe obediencia debida a las normas o actos contrarios a la Constitución y/o a la ley vigente
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