El Parlamento Europeo levanta la inmunidad de Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí
Suplicatorio de Puigdemont y sus efectos
La autora subraya que la decisión del Parlamento Europeo nos retrotrae prácticamente a la casilla de partida en el asunto de los políticos del 1-O fugados;los recursos tardarán meses en substanciarse
El Parlamento Europeo ha concedido el suplicatorio expedido por el Tribunal Supremo para poder levantar la inmunidad parlamentaria de que gozaban Puigdemont, Comín y Ponsatí, investigados en la causa del denominado “procés”, que se autosustrayeron de la acción de la justicia española huyendo a Bélgica los dos primeros y al Reino Unido la segunda.
Como parlamentarios europeos todos ellos gozaban de la inmunidad que les profería su condición en el ejercicio de sus funciones. Una inmunidad que nació para proteger a las cámaras frente a las intromisiones del poder ejecutivo, en Inglaterra mediante el Bill of Rights, en Francia en la época de la Revolución y en España en las Cortes de Cádiz, por poner unos ejemplos. En todos estos casos se protegía a los parlamentarios para que no se alterase la composición ni las funciones de la cámara. El Parlamento Europeo también la incluye dentro de las prerrogativas parlamentarias lo que implica que, para que los diputados puedan ser detenidos y/o juzgados, deben ser objeto de un suplicatorio, es decir, debe existir una petición de parte del tribunal competente para juzgarles y esta petición debe ser atendida con el voto favorable de la mayoría de la cámara.
En este caso que nos ocupa así ha sucedido. Pero con motivación y finalidad inversa. En este caso la condición de parlamentario había sido buscada precisamente para intentar generar no inmunidad, sino impunidad, puesto que los hechos por los que deben ser juzgados acaecieron mucho antes de que estas personas fueran elegidas como miembros del Parlamento Europeo. La inmunidad parlamentaria quería ser una coartada para evitar el enjuiciamiento, no una prerrogativa para garantizar las funciones parlamentarias. Ello ha sido clave, desde la perspectiva jurídica, en los argumentos que han avalado la concesión del suplicatorio.
Sin inmunidad parlamentaria, estos diputados europeos, que no pierden tal condición, pueden legalmente ser juzgados por el tribunal español que les ha encausado. Pero no se encuentran en España, sino en Bélgica (los tres, puesto que la Sra. Ponsatí, que había huido primeramente a Escocia, es actualmente residente en Bélgica) y, por lo tanto, han de ser detenidos y entregados a España para la realización de un juicio que deberá contar con todas las garantías. Entre ellas, la de no ser juzgados por jueces que hubieran intervenido en el juicio que tuvo lugar en el Tribunal Supremo, de resultas del cual fueron condenados por sedición y malversación otros políticos también responsables del golpe a la democracia que tuvo lugar en 2017, los autores de esa “ensoñación” (en palabras del Tribunal Supremo) en la que participaron los ahora parlamentarios europeos, cuando se aprobaron las leyes “de desconexión”, la “declaración de independencia” que como los ojos del Guadiana aparecía y desparecía de la faz del Parlamento y cuando tuvo lugar el mal llamado referéndum del 1 de octubre, que los encausados afirman que generó un “mandato democrático” a pesar de que ni se sabe quién pudo votar en el mismo, con qué censo ni con qué habilitación legal.
Por consiguiente, lo que cabe esperar en estos momentos es que la concesión del suplicatorio abra la puerta a la reactivación de una orden europea de detención y entrega para poner a disposición del Tribunal Supremo a los eurodiputados afectados. Sin embargo, parece que tardaremos un poco en substanciar este trámite, pues el juez instructor del caso, el Magistrado Llarena, ha planteado una cuestión prejudicial de interpretación como paso previo a tal reactivación. Es decir y muy resumidamente, ha presentado una batería de preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que éste le responda si, vistos los precedentes y con qué condiciones, es conforme al Derecho de la UE la emisión de una euroorden para conseguir la detención y entrega de los diputados que se fugaron tras la comisión de los hechos y mucho antes de su elección como miembros del Parlamento Europeo.
El problema que se nos plantea es que, si bien en España sigue en vigor una orden de detención y puesta a disposición de la justicia aplicable a estas personas, como no se ha reactivado la orden europea y mantienen la condición de eurodiputados, pese a no gozar ya de inmunidad, podrían hipotéticamente continuar con sus desplazamientos no sólo por Bélgica, sino por los países a los que no les importara su condición de reclamados por la justicia española, salvo que se emitiera una orden de detención a través de Interpol, pero que no sería de entrega porque, al no estar activada la euroorden, lo que procedería sería reclamarlos mediante un proceso de extradición ordinario.
Ciertamente, la decisión del Parlamento Europeo ha resituado las cosas, retrotrayéndonos prácticamente a la casilla de partida, como en los juegos de azar, y casi como habiendo caído en el pozo, como en el Juego de la Oca, pues al no reactivarse inmediatamente la euroorden y haber sido solicitada una cuestión prejudicial de interpretación, y no de validez, mientras el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no se pronuncie, las espadas jurídicas quedan en alto, a la espera de su respuesta. Según cual sea ésta, la euroorden será, o no, reactivada.
Mientras tanto, la política sigue su curso. El triunfo del Estado de Derecho que ha significado la concesión del suplicatorio está siendo interpretado por los afectados de una manera peculiar, como acostumbran, transformando su derrota en lo que denominan un “amplio apoyo” a su causa, diciendo que tienen el apoyo del 40% del Parlamento Europeo. Exactamente, el suplicatorio obtuvo 400 votos a favor, 248 en contra y 45 abstenciones en el caso de Puigdemont, y en los casos de los exconsejeros Comín y Ponsatí, 404 a favor, 247 en contra y 42 abstenciones. Y las abstenciones son abstenciones, no votos contra el suplicatorio, por lo que el 40% que ellos alegan se reduce un tanto. Sin embargo, no se puede valorar este hecho sólo en forma cuantitativa, que es importante, puesto que tal concesión sólo precisaba de mayoría simple, sino que hay que hacerlo con criterios cualitativos. ¿Quiénes han votado contra el otorgamiento del suplicatorio? Es importante destacarlo en clave española, pues han sido los cinco diputados de Unidas Podemos, el eurodiputado de la Izquierda, la diputada del PNV, el de Bildu, los dos de ERC, y los tres de JxCat, en sus respectivos grupos europeos, a los que se han sumado los del Frente Nacional de Marie Le Pen, la Liga de Salvini y Alternativa por Alemania. Cualitativamente, obtener estos apoyos, no es precisamente algo democráticamente positivo.
Al margen del tema de la euroorden y de la cuestión prejudicial, los afectados por la denegación del suplicatorio parece que van a presentar recurso contra el Parlamento Europeo ante el Tribunal de Justicia de la UE. Quieren alegar que han sido vulnerados sus derechos porque en la Comisión de Asuntos Jurídicos ha llevado el caso un mismo ponente para los tres, que la Comisión constató inicialmente de forma incorrecta uno de los delitos por los que estaba acusada Ponsatí en España y que, al ser realizadas sus audiencias mediante videoconferencia nos se garantizaba suficientemente la confidencialidad de las mismas. Están, efectivamente en su derecho, puesto que la tutela judicial efectiva está también reconocida en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, aunque ello choca abiertamente con la cantinela con la que siempre nos han agasajado acerca de que es necesario “desjudicializar” la política.
En fin, que tenemos caso para rato, puesto que los recursos entrecruzados van a tardar meses en substanciarse y no hay que descartar que, con la creatividad con que acostumbran a obsequiarnos, aparezcan nuevos pleitos ante órganos nacionales y/o europeos. Quejándose, como harán, de que nuevamente sean los jueces quienes decidan en temas de origen político, como sucede en todas las democracias, parecen no ser conscientes de que, como sucedió en Estados Unidos en el período denominado, precisamente, de “gobierno de los jueces”, tuvieron éstos que intervenir tanto más cuanto menos acertadamente lo hicieron los políticos.
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Los sueños tribales producen monstruos y la realidad los mata. La fuerza del Estado de derecho, como la apisonadora de Valdemoro, sigue aplastando la retórica independentista
ANTONIO CASADO - EL CONFIDENCIAL (VÍA FUNDACIÓN PARA LA LIBERTAD)
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MIQUEL GIMÉNEZ - VOZPÓPULI
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ARACELI MANGAS MARTÍN - EL MUNDO (VÍA ALMENDRÓN)
2021-03-10
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El esperado resultado, que abre la puerta a la reactivación de las Euroórdenes en Bélgica y Escocia, ha sido de 400 votos a favor, 248 en contra y 45 abstenciones en el caso del ex presidente
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El instructor de la causa del ‘procés’, Pablo LLarena, ha planteado cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre el alcance de las posibilidades de emisión de una Orden de Detención Europea (ODE), así como por las razones para su denegación, una vez que las autoridades de ejecución de Bélgica han rechazado la entrega de Lluis Puig. Con las respuestas del TJUE el magistrado decidirá si mantiene, retira o emite nuevas euroórdenes respecto a Lluis Puig, Carles Puigdemont, Antoni Comín, Clara Ponsatí y Marta Rovira, contra quienes se sigue procedimiento por delitos de sedición, malversación de caudales públicos o desobediencia.
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El separatismo ha devaluado a Cataluña y, ya puestos, lo ha hecho también con Waterloo. Lo suyo es el Monopoly
MIQUEL GIMÉNEZ - VOZPÓPULI
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LLUIS BOU - EL NACIONAL.CAT
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La presidenta de la ONG Citizens for Europe pasó por el programa Atalayar de Capital Radio y alertó sobre el peligro de los populismos y nacionalismos en Europa
ALEJANDRO DORADO - ATALAYAR
2021-03-02








