¿Es amnistiable la malversación?

24 - 06 - 2024 / ENRIQUE GIMBERNAT - EL MUNDO (VÍA ALMENDRÓN)

Ciertamente que la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de Amnistía (LOA) -cuya inconstitucionalidad, en general, he tratado de demostrar en tres artículos que se recogen en el libro La amnistía en España, 2024, dirigido por Aragón, Gimbernat y Ruiz Robredo- declara amnistiadas las malversaciones cometidas entre el 1-11-2011 y el 13-11-2023 "en el contexto del denominado proceso independentista catalán". Pero establece también dos supuestos en los cuales dichas malversaciones quedan excluidas de la amnistía: en primer lugar, cuando con ellas se haya tenido "un propósito de enriquecimiento" [art. 1.1 a) y b)] o, expresado de otra manera, "de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial"

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