La Comisión Europea y la 'autoamnistía'

18 - 06 - 2025 / JAVIER TAJADURA TEJADA - EL CORREO

La ley de amnistía no solo ha sido recurrida ante el Constitucional por su incompatibilidad con la Carta Magna, sino que ha sido también objeto de diversas cuestiones prejudiciales ante el TJUE por contradecir el Derecho de la Unión. La más elemental lógica jurídica y la prudencia exigen que sea el TJUE el que se pronuncie primero sobre si la ley de amnistía es conforme o no con el Derecho europeo porque, si no lo es, ya no podría ser aplicada en España. El pronunciamiento del TJUE tendría el doble efecto de impedir la aplicación de la ley a todos los órganos jurisdiccionales y, por el principio de lealtad, de requerir a los poderes públicos españoles la inmediata expulsión de la norma del ordenamiento jurídico. Tras un pronunciamiento de ese tipo, el Constitucional ya no tendría que resolver ninguna cuestión de inconstitucionalidad contra la norma al ser esta inaplicable. Y al decidir sobre los recursos debería hacerlo siguiendo la doctrina sentada por el TJUE.

JAVIER TAJADURA TEJADA - EL CORREO (VÍA FUNDACIÓN PARA LA LIBERTAD) 

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