La sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre Junqueras

24 - 12 - 2019 / DIVERSAS FUENTES

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre Junqueras

El Tribunal de Justicia de la UE (TJ) ha dictado hoy una importante decisión que esclarece algunos aspectos clave en el régimen de la inmunidad de los diputados en el Parlamento Europeo. Puede consultarse aquí. Intentaré explicar lo que dice, por qué lo dice y las consecuencias de lo que dice

RAFAEL ARENAS GARCÍA BLOG - EL JARDIN DE LAS HIPOTESIS INCONCLUSAS

¿Está dispuesta la UE a humillar a su cuarta potencia?

Si el Tribunal de Justicia de la Unión acepta la inmunidad de Junqueras y Puigdemont y les pone en libertad, será un golpe letal a la credibilidad de España como Estado fiable

GABRIEL SANZ - VOZPOPULI

2019-12-18

Europa falla que Junqueras gozaba de inmunidad desde que fue elegido eurodiputado

La sentencia no implica en principio que el líder de ERC deba salir ahora de prisión, pero el tribunal considera que el Supremo debió excarcelarlo antes de la sentencia del 'procés' para coger el acta

LLUÍS PELLICER EL PAÍS

Fábulas sobre la inmunidad

Ni socialistas ni separatistas deben conjugar en sus planes el curso de los procesos judiciales, porque no está en su mano alterarlo, salvo que el PSOE quiera quebrar el Estado de Derecho

EDITORIAL ABC

El ridículo Supremo

El dictamen europeo deja en evidencia a Marchena, convierte a Junqueras en un mártir y proporciona a Puigdemont un regreso mesiánico

RUBÉN AMÓN - EL CONFIDENCIAL

Sentencia europea. Inmunidad de Junqueras. Infinitos daños colaterales

Pero quien tuviera tan desgraciada idea de plantear prejudicial no respetó el procedimiento del planteamiento (la suspensión del proceso, comprensible pues no era dentro de la causa principal), pero tenía que haber reflexionado sobre como esa singularidad podría tener reflejo y contaminar el asunto principal en un futuro proceso sobre el respeto a los derechos humanos ante el Tribunal Europeo de Derecho Humanos

BLOG DE ARACELI MANGAS MARTÍN

2019-12-19

Inmunidad parlamentaria y división de poderes

Se trata de una sentencia creativa que deja sin efecto el derecho interno de los Estados miembros sobre el procedimiento electoral. El TJUE asume así una función legislativa que no le corresponde

JAVIER TAJADURA TEJADA - HOY

El Parlamento Europeo permite la acreditación a Puigdemont y Comín

Ayer, el presidente de la Eurocámara, David Sassoli, encargó a sus servicios jurídicos un informe para que evaluaran "lo antes posible los efectos de aplicación de la sentencia sobre la composición del Parlamento"

PABLO R. SUANZES - EL MUNDO

La sentencia del TJUE y el subsiguiente galimatías

Hay que señalar, frente a críticas indocumentadas, que el Tribunal Supremo planteó esa cuestión prejudicial sin estar obligado a ello, pues pudo haber resuelto el problema por sí solo

GONZALO QUINTERO OLIVARES - EL CONFIDENCIAL

*Claves técnicas para situarse ante la sentencia del TJUE*

Además de su posicionamiento público habitual, SCC quiere ofrecer a sus socios y amigos claves objetivas y rigurosas para situarse ante la actualidad sociopolítica. Por eso os enviamos esta nota con claves jurídicas que ha preparado Sonia Reina, jurista y vocal de la Junta de SCC.

Ante las desinformaciones que han surgido desde la publicación de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en relación con la cuestión prejudicial que remitió el Tribunal Supremo sobre la situación de Oriol Junqueras, hemos considerado necesario clarificar la situación actual. 

1. En fecha 13 de junio de 2019 la Junta Electoral Central, proclamó, junto con el resto de electos, a Oriol Junqueras, como diputado del Parlamento Europeo, otorgándole un escaño de los que le corresponden al Reino de España

2. El 14 de junio de 2019 el Tribunal Supremo denegó el permiso extraordinario solicitado por Oriol Junqueras para comparecer ante la Junta Electoral Central, requisito que establece la normativa española para acceder al Acta de diputado.

3. El 20 de julio de 2019 la Junta Electoral Central declaró vacante el escaño del Oriol Junqueras por no haber realizado los trámites legales para acceder al mismo, suspendiendo todas la prerrogativas que pudiera tener por ser diputado electo del Parlamento europeo

4. Contra el Auto del Tribunal Supremo que denegaba el permiso extraordinario de salida de prisión, Oriol Junqueras interpuso recurso de súplica entendiendo que era titular de la inmunidad que le otorgaba ser diputado electo del Parlamento europeo.

5. El Tribunal Supremo remitió Cuestión Prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre la interpretación del artículo 9 del Protocolo 7 y, por tanto, sobre a partir de cuándo se entendía que Oriol Junqueras disponía de sus prerrogativas como diputado del Parlamento europeo.

Con estos antecedentes, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ciñe a resolver esas cuestiones prejudiciales que se referían, únicamente, a si se debía conceder a Oriol Junqueras ese permiso extraordinario para recoger su acta de diputado del Parlamento Europeo y qué consecuencias se derivaban de la misma.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sólo se refiere a un momento concreto, cual era la situación de prisión provisional de Oriol Junqueras. Y, sobre ella, lo único que establece es que procedía conceder ese permiso extraordinario para permitir  que pudiera desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades que requiere su cargo.

Ahora bien, en ningún momento la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea entra a valorar ni las causas por la que estaba en prisión provisional, ni la suspensión y/o anulación del juicio que se estaba celebrando.

La Sentencia no supone, en absoluto, la salida automática de la cárcel, porque se limita a resolver una cuestión prejudicial, que no es más que una duda de interpretación de una norma y que no tiene consecuencias sobre la Sentencia del llamado “Juicio del Procés”. Aclara la Sentencia que las cuestiones de interpretación no se han suscitado en el marco de la preparación de la Sentencia de la causa principal, es decir, la causa por sedición y malversación, sino sólo en el recurso de súplica de un permiso extraordinario de salida de prisión. 

La situación actual es bien distinta, pues ya existe una Sentencia de condena de 13 años de prisión e inhabilitación para cargo público por sedición y malversación. Sentencia que no se ve afectada por la interpretación del acceso al Acta de diputado, dada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La inmunidad parlamentaria no supone la impunidad de todo parlamentario, lo contrario supondría que determinadas personas se encontrarían exentas del cumplimiento de las leyes, supondría que se encontrarían en un estado superior al poder judicial y ello es del todo incompatible con un Estado de Derecho y seria propio de regímenes totalitarios.

La inmunidad es una prerrogativa que protege a los parlamentarios en el ejercicio de las funciones de su cargo, con el fin de evitar que sean detenidas y/o procesadas  con el objetivo de apartarlos de sus funciones y, como establece el Tribunal Constitucional, “ se impida al parlamentario asistir a las reuniones de las Cámaras y, a consecuencia de ello, se altere indebidamente su composición y funcionamiento”. Por  tanto, la inmunidad es un instrumento de protección del propio Estado de Derecho, de la Democracia. 

Pero lo que no es, la inmunidad, es la exención de responsabilidad del parlamentario, la causa que le exima de la responsabilidad penal por los actos propios que vulneren la legislación. Lo que no conlleva es la impunidad por todos sus actos, la ausencia de castigo, la imposibilidad de ser procesado.  Lo contrario sería un ataque a lo que, precisamente, pretende proteger la figura de la inmunidad, como es el propio Estado de Derecho, la democracia y la separación de poderes.

SONIA REINA - SCC

2019-12-20

Impulso Ciudadano fija posición sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

La comprensión política hacía los que han sido condenados por sedición, malversación o desobediencia hace que sea difícil para la opinión pública internacional percibir la gravedad del atentado a las libertades que supusieron los hechos de septiembre y octubre de 2017. De la misma manera que no se puede defender como interlocutor legítimo para la configuración de un Gobierno o para establecer pactos de gobernabilidad a una persona, como el Presidente de la Generalitat, que acaba de ser inhabilitada para el cargo

IMPULSO CIUDADANO

Sentencia de racimo

La última sentencia sobre Junqueras es un regalo para los demagogos. Suscita tantas cuestiones jurídicas y políticas que pide libro. Libro gordo. El tribunal europeo se aparta del criterio mantenido hasta ahora por las instituciones en un detalle donde, sin duda, está el diablo: ¿Cómo se adquiere la condición de eurodiputado? Pues, de ahora en adelante, por la mera proclamación de los resultados electorales. O sea, que jurar el cargo en Madrid, recoger el acta o presentarla en Bruselas es indiferente.

JUAN CARLOS GIRAUTA - ABC (VÍA ALMENDRÓN)

2019-12-21

La derrota no vendrá de Luxemburgo, sino de Madrid

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad de Oriol Junqueras ha provocado una auténtica conmoción en no pocos españoles dados a ese primario tremendismo de siglos que arrastramos y que parece no tener cura a pesar de la modernidad que exhibe nuestra sociedad y el progreso del que hoy puede presumir.

JESUS CACHO - VOZPOPULI

El Parlamento Europeo duda de que la inmunidad de Junqueras siga vigente

Los servicios jurídicos recuerdan que el líder de ERC ya no está en prisión provisional sino condenado en firme

LLUÍS PELLICER

2019-12-22

El deterioro de la imagen de España en Europa ya se palpa tras la sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre Oriol Junqueras

El independentismo, que perdía fuelle, revive con Carles Puigdemont en su escaño en el Parlamento Europeo

PABLO R. SUANZES - EL MUNDO

La Fiscalía pide paralizar la euroorden hasta que el Parlamento Europeo retire la inmunidad a Puigdemont y Comín

También reclama mantener la euroorden contra el expresident y el exconseller

CARLOTA GUINDAL - LA VANGUARDIA

El Parlamento Europeo duda de que la inmunidad de Junqueras siga vigente

Los servicios jurídicos recuerdan que el líder de ERC ya no está en prisión provisional sino condenado en firme

LLUÍS PELLICER - EL PAÍS

2019-12-23

La lapidación del Supremo (pero Junqueras seguirá en la cárcel)

La petición de excarcelación de Junqueras por la Abogacía del Estado servirá para investir a Sánchez, pero no alterará los términos legales que respaldan su permanencia en prisión

JOSE ANTONIO ZARZALEJOS - EL CONFIDENCIAL

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo en el caso de Junqueras (II)

Con independencia de que esté suspendida la pena de inhaibilitación impuesta al Sr. Junqueras, desde el 14 de octubre de 2019 habría perdido su condición de miembro del Parlamento europeo al haber sido condenado por sentencia firme a una pena privativa de libertad

RAFAEL ARENAS GARCÍA - EL JARDIN DE LAS HIPOTESIS INCONCLUSAS

2019-12-24