La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo eleva a la UE la recomendación de que los crímenes de ETA sean considerados de 'lesa humanidad'
La UE avala que se juzgue a ETA por crímenes de lesa humanidad con el rechazo del PSOE
El PSOE había introducido una enmienda (1) para eliminar de un informe (2) de la Eurocámara la recomendación de agotar la vía de la lesa humanidad
ALBERTO SIERRA - THE OBJECTIVE
2022-04-20
[AT: Precisamente, hace unos días, a raíz de la denuncia de la exhibición de fotos de etarras en la Korrika y la presencia de ‘Josu Ternera’ portando el testigo de la misma en Baiona, se había hablado de esta posibilidad [ver artículos (3) y (4) a continuación]. Pero la idea de aplicar a los crímenes etarras el calificativo de “lesa humanidad” es muy anterior: se remonta al momento en que España decidió, por fin, en 2004 reconocer ese y otros crímenes de guerra incorporados a la legislación internacional desde el fin de la II Guerra Mundial. La Asociación Dignidad y Justicia venía persiguiendo ese objetivo de antiguo. Su empeño se vio reforzado por un sólido trabajo publicado en 2017 (Revista Europea de Derechos Fundamentales · segundo semestre 2017: 30, 49-93) en el cual el profesor Carlos Fernández de Casadevante Romaní, Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos, rebate los argumentos que sostienen que el terrorismo no es un delito de lesa humanidad y prueba que sí lo son. Por último, la oficina de la Diputada Europea por el partido Ciudadanos, Maite Pagazaurtundua, consiguió que la Comisión de Peticiones del PE investigara la situación en España y emitiera un informe favorable a la consideración de los delitos de ETA como delitos de “lesa humanidad”. El siguiente paso es aquel en el que nos encontramos hoy. La comisión de Peticiones eleva a la UE su recomendación.]
(1) El PSOE se opone en Europa a que los crímenes de ETA sean considerados como de lesa humanidad
15 - 03 - 2022 / FERNANDO LÁZARO - EL MUNDO
(2) La UE insta a cambiar la ley para que no prescriban jamás los 379 crímenes de ETA sin resolver
12 - 02 - 2022 / ALBERTO D. PRIETO - EL ESPAÑOL (SUSCRIPTORES) | FERNANDO LÁZARO - EL MUNDO (PREMIUM)
Los considera "imprescriptibles" e insta a que los beneficios penitenciarios vayan ligados a su colaboración en el esclarecimiento de los atentados sin resolver
NOVEDAD:
Se puede leer aquí el informe completo de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo que narra el reportaje de la visita realizada a España en noviembre de 2021 para esclarecer el estado de los 379 casos de crímenes de ETA sin resolver. El Informe se cierra con las propuestas que la Comisión eleva a la UE.
2022-04-22
(3) La Audiencia Nacional rechaza reclamar a 'Josu Ternera' por delitos de lesa humanidad. Rechaza la petición de Dignidad y Justicia de pedir a Francia su entrega temporal por esta causa.
La Audiencia Nacional ha cerrado la punta a la posibilidad de reclamar a Francia la entrega del dirigente de ETA José Antonio Urrutikoetxea, “Josu Ternera”, para que sea juzgado por lesa humanidad (por la supuesta responsabilidad en los crímenes cometídos por la banda terrorista cuando perteneció a su Zuba o comité ejecutivo). La justicia gala ya se opuso en julio de 2020 a la entrega del exdirigente de ETA por esta causa -una de las cuatro por las que nuestro país lo reclama y la única extradición que por ahora ha frenado-, pero Dignidad y Justicia (que impulsó en 2013 la querella por lesa humanidad contra cinco exetarras) ha aprovechado la reactivación de este procedimiento para instar a la Audiencia Nacional a solicitar a Francia su entrega por este motivo.
Y es que después de que el tribunal pusiese en marcha el mecanismo -solicitando a la Fiscalía que se pronuncie al respecto- para pedir a Francia la entrega temporal de los tres procesados por lesa humanidad que ahora cumplen condena en el país vecino -Garikoitz Aspiazu “Txeroki”, Mikel Carrera Sarobe y Aitzol Iriondo - la asociación de víctimas apremió a la Sala a tomar idéntica decisión en relación a “Josu Ternera”.
En el escrito remitido a las magistrados de la Sección Segunda de lo Penal, la asociación que preside Daniel Portero ponía de manifestó que, al igual que el tribunal ponía sobre la mesa la entrega temporal de “Txeroki” aprovechando que Francia ya ha accedido a que sea entregado por otra causa pendiente desde el 20 de agosto hasta el 20 de octubre próximos -para juzgarle en septiembre por un atentado con coche bomba en Bilbao en enero de 2002-, debería hacer lo mismo con Urritikoetxea, pues ya ha sido autorizada su puesta a disposición de la Justicia española para su enjuiciamiento por d atentado contra la casa cuartel de Zaragoza en 1987.
Estaba en busca y captura
Pero en una providencia del pasado viernes la Sala que preside el magistrado losé Antonio Mora se niega a subsanar su resolución anterior para incluir a “JosuTernera”. Y no lo hace formalmente porque Francia ya haya rechazado entregar al exdirigente de ETA para que sea entregado por esta causa, sino que argumenta que “examinadas las actuaciones, no ha lugar a lo solicitado” porque cuando en abril de 2018 la entonces instructora del procedimiento, Carmen Lamela (ahora magistrada del Tribunal Supremo) cerró el sumario y lo elevó a la Sala no incluyó a “Josu Ternera”. Y es que el exdirigente de ETA estaba entonces en busca y captura y no sería detenido en los Alpes franceses hasta un año después en mayo de 2019.
Esa resolución, recuerda el tribunal, “dispone la conclusión del sumario de referencia para los procesados Mikel Carrera Sarobe, Angel Iriondo y Garíkoitz Aspiazu, quienes sc encuentran cumpliendo condena en Francia”.
Sin embargo, Dignidad y Justicia se preguntaba en su escrito si la decisión de no incluir a “Josu Ternera” supone que la Audiencia Nacional considera que “no resulta posible para la Jurisdicción española obtener la entrega, ni tan siquiera temporal, por parte de Francia”. “¿Cuál sería la razón o impedimento concreto de hecho o de derecho que imposibilitaría la entrega y enjuiciamiento en España del procesado?», se pregunta la asociación de víctimas, que subraya que Urrutikoetxea está procesado en esta causa “por crímenes. asesinatos y masacres de la máxima gravedad”, por lo que no reclamarte vulnera, se queja, su derecho a la tutela judicial efectiva y le produce indefensión.
La clave
En al auto de procesamiento que dictó en 2015 al magistrado Juan Pablo González, a “Josu Ternera” se le atribuyen dos asesinatos durante al período en el que fue dirigente de la banda terrorista -fue responsable del “aparato político” entre 2005 y 2007, junto a Francisco Javier López Paria, “Thierry” “si bien por su carisma y ascendencia sobre el resto de militantes cabe considerar que ha tenido participación en todas las decisiones relevantes”. En esa resolución dos años después de la querella interpuesta por al letrado de DyJ Miguel Angel Rodríguez Arias, el magistrado imputaba a “Josu Ternera”. “Txeroki”, Carrera Sarobe e Iriondo los atentados cometidos por la banda terrorista desde 2004 -año en que entró en vigor en España el delito de lesa humanidad- que causaron la muerte de más de una treintena de personas-, por los que les reclamó una fianza de 25 millones de euros. Todos ellos, según el juez, fueron responsables de la estrategia de “persecución sistemática de amplios sectores de la población» que suponían un obstáculo para la consecución de los fines de ETA.
RICARDO COARASA - EL CORREO
2022-04-13
(4) La condena al 'Camarada Arenas' por el secuestro de Publio Cordón persigue a la cúpula de ETA por el asesinato de Miguel Ángel Blanco
La prisión dictada por el Supremo para el líder de los Grapo abre la puerta a condenas por el secuestro del concejal 'popular'.
Las causas abiertas en la Audiencia Nacional contra las diferentes cúpulas de ETA tienen muy preocupada a la izquierda abertzale, pero al mismo tiempo tienen un recorrido judicial complicado para concluir en condenas. El motivo es el criterio restrictivo que ha venido aplicando el Tribunal Supremo a la hora de condenar a jefes terroristas por el mero hecho de serlo, sin que a ello se añada una conexión concreta con el atentado que se esté juzgando.
Sin embargo, una de las ultimas causas de este tipo reactivadas, la referida a Miguel Ángel Blanco cuenta con una circunstancia que encaja en uno de los contadísimos casos en que sí se condenó a un dirigente por su control sobre la organización. Lo sucedido con el concejal del PP no fue solo un asesinato, sino que permaneció secuestrado dos días en manos de la banda. 48 horas en las que los responsables de ETA tuvieron la posibilidad de no asesinarlo.
Se trata de una situación similar a la que condujo en su día a condenar al jefe del Grapo Manuel Pérez Martínez, Camarada Arenas, por el secuestro del empresario Publio Cordón. El Tribunal Supremo consideró que el tiempo que pasó retenido por la organización terrorista implicaba que su destino estaba en manos de sus máximos responsables, en este caso del Camarada Arenas.
«Surge con claridad de los hechos probados que el acusado no dio orden de liberar a la víctima, es decir, no realizó, pudiendo intento alguno de hacer cesar la detención», afirmo el Alto Tribunal en su sentencia.
La decisión del Supremo se alejaba de la habitual exigencia de detectar un vínculo directo con los hechos delictivos, y de hecho no fue pacífica. Uno de los cinco magistrados emitió un voto particular contrario a la condena. Pero el recurso de la familia Cordón se estimó, el Alto Tribunal revocó la absolución que había dictado la Audiencia Nacional y al jefe del Grapo le cayeron siete años como autor por omisión del delito de detención ilegal. Es decir, por no haberle puesto fin cuando podía.
Y precisamente a esa variante de la comisión por omisión apunta el juez en el auto en el que imputa a quienes integraban la cúpula de ETA cuando Miguel Angel Blanco fue secuestrado: «En pocos casos, como en éste atentado puede perfilarse con más nitidez la figura de la comisión por omisión, pues quienes ejercían el liderazgo de la organización terrorista, el llamado Comité Ejecutivo, dispusieron de, al menos, 48 horas para detener la acción, pudiendo disponer en todo este tiempo, presuntamente, un dominio directo del hecho, en el marco de la organización, que permite, desde este momento procesal, iniciar una investigación para delimitar el alcance de sus responsabilidades.
“Se trataría, en consecuencia, no solo de concretar la existencia de cualquier documento o prueba en la que aparezcan indicios de las personas que, no habiendo participado en la ejecución material de los hechos, hubieran dado instrucciones para el secuestro y asesinato de Blanco, sino de determinar si, quienes pudiendo haberlo detenido en cualquier momento, teniendo conocimiento de la acción, no lo hicieron”.
La querella de Dignidad y Justicia alcanza a nueve responsables de la banda. Se trata de aquellos que en 1997 conformaban el Zuba, el comité ejecutivo de la banda De entre todos, el que más cerca está de la condena es sin duda el ex Jefe de comandos Javier Arizcuren Ruíz, Kantauri, que ya se encontraba procesado por ese secuestro y asesinato.
En su caso no solo pesa su pertenencia al Zuba. Es que las fuerzas de Seguridad se incautaron de varios mensajes suyos manuscritos y firmados a los comandos que dirigía: «Con el tema de los concejales y políticos. Me figuro que en el mes de Agosto
habréis tenido problemas para encontrarlos por las vacaciones, pero vuelvo a insistiros sobre la importancia de este tipo de acciones. Poner toda vuestra fuerza, ganas y militancia en levantar un concejal del PP”-decía en uno de ellos.
El juez Manuel García Castellón explicó en el auto en el que reactivaba la causa que una circunstancia le permitía pronunciarse sobre el asunto con especial fundamento: fue él mismo quien hace un cuarto de siglo se encargó de la investigación. “Es difícil pasar por alto la singular circunstancia que se da en este caso. Decretar la reapertura de este procedimiento precisamente por el mismo magistrado que instruyera este procedimiento Sumario Ordinario casi veinticinco años después de su incoación, no es algo frecuente”, dice el magistrado en su resolución.
“Sin embargo”, prosigue, “permite aprovechar la ventaja de contar con un conocimiento directo de lo acontecido. Este conocimiento, en primera persona, de cuanto sucedió los aciagos días anteriores y posteriores a los hechos objeto de la presente instrucción sumarial, el secuestro y asesinato del Sr. Blanco, permiten inferir que la acción terrorista que culminó el disparo de varios proyectiles sobre el cuerpo maniatado de la víctima, privada de libertad durante las 48 horas anteriores, presente rasgos que permiten la delimitación de responsabilidades más allá de las “instrucciones dadas” a las que se refiere el Fiscal en su informe”.
Además de examinar si es posible responsabilizarles de un delito por omisión, el juzgado deberá comprobar si los hechos no han prescrito. Está claro que no para Kantauri, al que se responsabilizó del secuestro y asesinato antes de que transcurrieran los 20 años para hacerlo.
Pero la posible prescripción se examinará más adelante. Ahora, como pidió el fiscal Vicente González Mota, el juez ha encargado a la Guardia Civil que elabora un informe sobre la relación de los querellados, como miembros del Zuba, en el secuestro y asesinato. En particular, pide que se detalle si se considera factible que los integrantes de Zuba hubiesen participado en la toma de la decisión o si hubiesen podido impedirlo.
Junto a Kantauri, los jefes de ETA que aún podrían acabar respondiendo son Gracia Arregui; Iñaki de Renterería, María Soledad Ipararguirre, Anboto; Asier Oyarzabal, Baltza; Juan Carlos Iglesias Chouzas; Gadafi; Mikel Albisu Iriarte; Mikel Antza, Goicoechea Barandiaran, Willy, Jokin Echevarria y Carlos Ibarguren.
MANUEL MARRACO - EL MUNDO
2022-04-13
Caso abierto
Los crímenes de ETA son la historia de una clara y sangrienta persecución a un grupo humano determinado
TRAS CONSEGUIR que en el Parlamento Europeo se esté debatiendo si los delitos de ETA son de lesa humanidad, la asociación Dignidad y Justicia ha iniciado una ofensiva judicial para volver a sentar en el banquillo a los jefes de la banda que ordenaron o no impidieron los crímenes que se cometieron cuando ellos mandaban. Una delegación de eurodiputados visitó España en otoño pasado y elaboró un borrador en el que apuestan por calificar de lesa humanidad los asesinatos de ETA además de pedir que se exija a los presos que quieran acceder a beneficios penitenciarios que colaboren con la Justicia. Más allá del debate jurídico sobre el asunto, sobre si los delitos se pueden tipificar así o no. sobre desde cuándo se podría aplicar -el Código Penal español lo incorporó en 2004-, y más allá del debate político, sobre si el PSOE trata de frenarlo o matizarlo para no incomodar a sus socios, los crímenes de ETA son delitos de terrorismo, pero también lo son de lesa humanidad. Es decir, son la historia de una clara y sangrienta persecución a un grupo humano determinado.
La asociación de víctimas ha abierto ahora una vía presentando querellas contra los que mandaban en ETA cuando se cometieron atentados concretos. Lo está contando Fernando Lázaro en este periódico, y hasta el momento son 21 los dirigentes et arras los investigados por seis atentados. No sólo se les culpa de dar la orden concreta, difícil de
demostrar en algunos casos, sino de no evitar el crimen. Una de las querellas es por el asesinato de Miguel Ángel Blanco. Los líderes de la banda tuvieron dos días para pensárselo, mientras todo un país pedía la liberación del concejal de Ermua. Al final decidieron pegarle dos tiros. Los que lo ejecutaron están condenados, pero los que dieron la orden de apretar el gatillo, los que tomaron una de las decisiones más transcendentes de la historia de ETA no. Porque la Justicia no podrá demostrar quién o quiénes ordenaron disparar, pero sí quién, pudiendo. no lo impidió. El mismo delito de autor por omisión por el que fue condenado el jefe del Grapo Camarada Arenas por no liberar a Publio Cordón.
No se puede pasar página, y con casi 400 asesinatos sin resolver menos aún. Si aplicar la tipificación de lesa humanidad a ETA sirve para reabrir casos cerrados sin culpables, adelante. Y adelante también si se condena a quienes ordenaron los crímenes, aunque sólo sea por no evitarlos. El periodista Pablo Romero, hijo de militar asesinado, tituló Las tres muertes de mi padre el premiado podcast sobre su incansable investigación de su caso sin resolver. Lo que reclaman muchas victimas
RAFAEL MOYANO - EL MUNDO
2022-04-16






