Sobre la condena del Supremo al Fiscal General (3)

25 - 11 - 2025 / JUAN VAN-HALEN - EL DEBATE | JAVIER TAJADURA TEJADA - EL CORREO

El Tribunal Supremo ha condenado al fiscal general a dos años de inhabilitación especial para el ejercicio de su cargo por la comisión de un delito de revelación de secretos

El Alto Tribunal ha hecho público el fallo y queda pendiente la redacción final de la sentencia que surtirá plenos efectos cuando sea notificada formalmente a las partes. Por primera vez en nuestra historia, un fiscal general se ve obligado a abandonar el cargo como consecuencia de una condena penal.

A la espera de conocer la concreta motivación de la sentencia debemos subrayar tres aspectos. El primero, que ha sido dictada por magistrados con un amplísimo conocimiento en Derecho Penal, con trayectorias de máximo prestigio en la carrera judicial, y tras una deliberación en la que han valorado con serenidad y con rigor el material probatorio e indiciario presentado en el juicio oral. La sentencia cuenta con dos votos particulares disidentes pero ha sido respaldada por una amplísima mayoría: cinco frente a dos. La sentencia absuelve al fiscal de otros delitos y no impone ninguna pena privativa de libertad. La Sala del Supremo es el único órgano legitimado para hacer justicia en este caso y así lo ha hecho. Esto hay que subrayarlo porque muchos medios de comunicación y dirigentes políticos habían emitido ya -en juicios paralelos que repugnan al Estado de Derecho- sus propias sentencias condenatorias o absolutorias. Entre ellas destaca por su gravedad la efectuada por el presidente del Gobierno asegurando la inocencia del acusado.

La segunda cuestión a destacar es que al fiscal general no se le ha juzgado ni condenado por desmentir un bulo o defender el prestigio de la Fiscalía. Ha sido condenado por revelar datos de un particular a los que tuvo acceso por razón de su cargo. Decir que ha sido condenado por desmentir un bulo es como decir que a un condenado por agredir a un policía durante una manifestación se le ha juzgado por manifestarse. Manifestarse es legítimo pero agredir a la policía es ilícito. Desmentir bulos es legítimo pero revelar datos reservados de un ciudadano es ilícito.

El tercer aspecto a destacar es que para una sentencia condenatoria no es preciso que exista una prueba de cargo puesto que basta la prueba indiciaria. La Sala puede valorar conjuntamente toda una serie de indicios -no mera sospechas- que converjan todos según un razonamiento lógico y concluyente en la misma dirección. Se puede condenar por asesinato aunque no haya aparecido el cadáver o por cohecho aunque no se haya encontrado el dinero. La única prueba de cargo posible en este caso habrían sido los mensajes del fiscal general que fueron borrados por ?l. La Sala habrá valorado el testimonio incriminatorio de la fiscal Lastra, la cronología de la filtración, el interés desmedido acreditado del fiscal general por el caso de Alberto González (una defraudación fiscal ordinaria -no agravada- de las que lamentablemente se realizan muchas y que no justifican en modo alguno el interés del fiscal general.)

La sentencia es una victoria del Estado de Derecho frente a la utilización partidista de las instituciones.

JAVIER TAJADURA TEJADA - EL CORREO

2025-11-20

Golpe a la democracia

Álvaro García Ortiz ya ha renunciado. No debemos distraernos con el relato del Gobierno sobre su sentencia condenatoria. Seguirlo, sí. En Johannesburgo Sánchez confirmó que respeta la sentencia, pero no la comparte y cree en la inocencia del hasta ayer fiscal general, refiriéndose a otras instancias jurisdiccionales. Ninguna novedad. Grandes y afamados cerebros del radicalismo zurdo coincidieron: La Justicia asesina civilmente al fiscal general del Estado (Belarra). Es golpismo judicial, político y mediático y La estructura del Estado está secuestrada por fuerzas reaccionarias y a su cabeza el Rey (Irene Montero). Vaya dos piezas.

Desde el Ejecutivo: Uno de los poderes del Estado suspendió sus funciones constitucionales para intervenir en política directamente contra el gobierno progresista (Yolanda Díaz). Y es abogada. El fiscal general del Estado es inocente a pesar de lo que diga el Tribunal Supremo y Si son capaces de condenar a alguien sin pruebas, ¿qué es lo siguiente?

JUAN VAN-HALEN - EL DEBATE

2025-11-25